La verdad sobre Alba Lorena Rodríguez Santos

Alba Lorena Rodríguez Santos

Alba Lorena Rodríguez Santos

  • Sentencia condenatoria: Homicidio Agravado (30 años de prisión)
  • Tribunal de Sentencia de Santa Tecla – Referencia: 220-1-2010
  • Estado: Libre / Conmutación de pena.
  • Víctima: Su hijo recién nacido de 38 a 40 semanas de gestación, encontrado agonizando dentro de una bolsa negra, tenía laceraciones en la región nasal y en el cuello, además de tener aún el cordón umbilical adherido a su cuerpo. Causa de muerte: trauma craneoencefálico severo, de tipo contuso y compresión del cuello.
Descargas: Expediente | Sentencia | Solicitud de Indulto | Dictamen Desfavorable | Petición CIDH

 

Los hechos:

El 23 de diciembre del 2009, a las 3:30 p.m.  Alba Lorena se encontraba sola en su casa, encerrada ella en un cuarto al interior de la vivienda, pone la música con volumen alto y procede a matar al bebé después de su alumbramiento, muriendo el bebé a consecuencia que la madre le causo un “trauma craneoencefálico severo, de tipo contuso, más compresión del cuello”.

Por el alto sonido de la música dos vecinas, se apersonaron a la vivienda de Alba Lorena y proceden a tocarle la puerta de manera insistente, hasta que accede abrirles, observando las vecinas que la imputada tenía las piernas llenas de sangre y que en dicho lugar se encontraba una bolsa negra, en cuyo interior se encontraba un bebé recién nacido, que fue sacado por una de las vecinas, observando que dicho bebé tenía laceraciones en la región nasal y en el cuello, además de tener aún el cordón umbilical adherido a su cuerpo.

Los jueces condenan por UNANIMIDAD a Alba Lorena Rodríguez Santos por homicidio agravado a 30 años de prisión. Estableciendo que:

  1. El bebe nació vivo.
  2. La única persona que pudo haber dado a luz a ese menor es la imputada.
  3. Al nacer la única persona que tuvo contacto con el bebé fue la imputada.
  4. Cuando la vecina toma al bebé ya estaba agonizando a consecuencia de las lesiones causadas.
  5. Las lesiones eran extensas en el recién nacido, y resulta evidente que fueron ocasionadas intencionalmente.
  6. Las lesiones ocasionaron la muerte al bebé.

Prueba aportada:

  1. Reconocimiento médico legal de genitales realizado a la imputada
  2. Reconocimiento médico legal de sangre realizado a la víctima. Se manifiesta que el recién nacido tiene lesiones ocasionadas cuando ya ha tenido vida extrauterina
  3. Reconocimiento médico legal de sanidad
  4. Peritaje psicológico realizado a la imputada.
  5. Autopsia de recién nacido. La doctora que hace la autopsia dice: Difícilmente una caída de 50 cm al nacer con la madre de pie pudo haber causado esa fractura. Pudo haber sido causado agarrando el bebé y golpearlo o bien el cuerpo quieto y darle con algo. Véase pagina 4 de la sentencia.
  6. Análisis de ADN de imputada con víctima.
  7. Testimonio de las dos vecinas.

A la procesada se le respetaron todos sus derechos y garantías dentro del proceso. La sentencia es conforme a las leyes de El Salvador.

Irregularidades del caso:

El lobby pro-aborto de El Salvador utiliza el caso de Alba Lorena para presentarlo ante la opinión pública como un supuesto caso de «aborto espontáneo» y «complicación obtétrica». Los medios de comunicación colaboran con esta campaña de desinformación entorno a la legislación salvadoreña en materia de aborto. Alba Lorena fue procesada, condenada y conmutada por el delito de Homicidio Agravado de su hijo recién nacido y su caso no tiene ninguna relación causal con la ley que penaliza el aborto.

El lobby pro-aborto inició la campaña de manipulación del caso Alba Lorena en el año 2014 cuando presentaron una solicitud de Indulto ante la Asamblea Legislativa alegando que Alba Lorena  sufrió un «aborto espontáneo». En el año 2015 el indulto fue denegado por causa del dictamen desfavorable emitido por la Corte Suprema de Justicia que detalló sus problemas de salud mental, desorden sexual, falta de adaptación social, mala conducta en prisión, etc.

A pesar de ello, en marzo de 2019, Alba Lorena Rodríguez quedó en libertad a través de una conmutación de la pena facilitada por el ex Ministro de Seguridad Mauricio Ramírez Landaverde quién de manera inédita organizó un evento mediático para realizar una liberación grupal  de 3 mujeres privadas de libertad que son instrumentalizadas por el lobby pro-aborto para hacerlas pasar ante la prensa nacional e internacional como inocentes por supuestos casos de aborto, cuando en realidad salieron en libertad por la figura jurídica de conmutación de pena.

Es importante aclarar que una conmutación de pena no significa que se haya demostrado que son inocentes o que hayan sido absueltas de los cargos, sino que continúan siendo culpables del crimen por el que se les condenó, sin embargo recibieron un beneficio de gracia parcial de su condena por parte del poder ejecutivo.

En junio de 2019 el ex ministro Mauricio Landaverde fue acusado de presuntos actos de corrupción por el actual Presidente de la República de El Salvador Nayib Bukele.

El lobby proaborto de El Salvador junto al Centro de Derechos Reproductivos presentaron una petición ante la CIDH a favor de Alba Lorena Rodríguez como supuesta víctima de violación a sus derechos humanos.  Las organizaciones peticionarias del caso reciben miles de dólares de la multinacional del aborto Planned Parenthood y otras fundaciones internacionales que destinan fondos para la promoción de la legalización del aborto en América Latina.

Lobby pro aborto de El Salvador otorga reconocimiento a Ministerio de Juticia

Morena Herrera miembro de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto otorga reconocimiento a las autoridades del Ministerio de Justicia por colaborar con la campaña «Las17+»

Alba Lorena, Morena Herrera

Alba Lorena Rodríguez Santos junto a Morena Herrera de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto

6 thoughts on “La verdad sobre Alba Lorena Rodríguez Santos

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